A los efectos de pronunciarse acerca de su competencia para conocer la presente acción por Liquidación y Partición de Herencia, seguido por la ciudadana AUROLINA GARCES DE FRANCISCO, venezolana, mayor de edad, viuda de Francisco, titular de la cédula de identidad N° V-5.464.842, asistida por el abogado LINO ANDRES NARVAEZ, titular de la cédula de identidad N° V-815.034; Inpreabogado N° 10.893, contra la ciudadana DARLENET ANTONIA FRANCISCO FUMERO, titular de la cédula de identidad N° V- 9.455.835; este Tribunal observa que:
Dispone la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en los artículos 197, 208 numerales 4 y 15 lo siguiente:
Artículo 197. Las controversias que se susciten entre particulares con motivo de las actividades agrarias serán sustanciadas y decididas por los tribunales de la jurisdicción agraria, conforme al procedimiento ordinario agrario, el cual se tramitará oralmente, a menos que en otras leyes se establezcan procedimientos especiales.
Artículo 208:
4. Accione.....