En mérito de los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Civil Yaracuyano administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 16 de Diciembre de 2015 por la abogada Yolanda Benfele apoderada judicial de la parte demandante contra la decisión dictada el 04 de Diciembre de 2015, por el Tribunal Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Publíquese y Regístrese.
Se condena en constas procesales al recurrente, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Se ordena la notificación de las partes de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
Déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en San Felipe al primer (01) día del mes de.....