Vista la decisión dictada en fecha veintiocho (28) de mayo de 2019, por este Juzgado Superior Agrario, y luego de revisar exhaustivamente el presente expediente y una vez verificado que consta a los folios (139) y (140), así como a los folios (143) y (144), las consignaciones por parte del Alguacil de este Juzgado de las boletas de NOTIFICACIÓN, dirigidas a la Sociedad Mercantil "AGROPECUARIA KRISMA C.A.", inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha nueve (09) de mayo de (1996), bajo el N° 31, Tomo 215- A-SGDO, el día trece (13) de noviembre de 2017, tal como se ordeno en Auto de Abocamiento de fecha diecisiete (17) de julio de 2017; de igual forma, se fijó boleta de notificación en el domicilio procesal el día ocho (08) de abril de 2019, en cumplimiento del auto de abocamiento de fecha quince (15) de marzo de 2019, y transcurrido como fueron los (5) días de despachos otorgados para que las partes ejerciera.....