DISPOSITIVO
Como consecuencia de los razonamientos anteriores, este Tribunal en funciones de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: el DECAIMIENTO de las medidas cautelares sustitutivas a la privación de libertad, decretadas por este Tribunal de Juicio en fecha 14 de diciembre de 2005, en contra del ciudadano LUIS ALEJANDRO REYES DUQUE de conformidad con el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal y en su lugar le impone la medida cautelar de prohibición de salida del país, conforme el artículo 256, numeral 4 ejusdem. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
El Juez de Juicio N° 2
Abog. Wladimir Di Zacomo Capriles
La Secretario,
Abg. Carmen Norel.....