DECLARA
PRIMERO: Se declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados FRACISCO JAVIER HERRRA y JOSE GABRIEL AVENDAÑO, apoderados judiciales de la presunta parte agraviada ciudadano JENKYS RANIERIS MARTINEZ MENDEZ, ut supra identificados, por la presunta violación a la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa en contra de la abogada WENDY YANEZ, en su condición de Jueza del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del estado Yaracuy, en el Juicio de LIQUIDACIÓN Y PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL DE BIENES GANANCIALES Y PLUSVALIA interpuesto por el ciudadano JENKYS RANIERIS MARTINEZ MENDEZ contra la ciudadana JANET JOSEFINA ADAN ALVAREZ, en el expediente signado con el Nº 6563 de la nomenclatura interna de ese Juzgado.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
TERCERO: Se deja constancia que la presente sentencia fue dictada dentro del término legal establecido.