Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Suspendida legalmente la presente causa desde el día 01 de octubre de 2024 (inclusive), hasta tanto no conste en autos resultas de oficio N° 225/2024 de fecha 26/09/2024 librado al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo civil, Mercantil y del Transito de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, por la naturaleza del presente fallo.