Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en la norma del artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, homologa el acuerdo suscrito por las partes en sus propios términos, SE ACUERDA CONCEDER AUTORIZACION JUDICIAL DE VIAJE FUERA DEL PAIS (IDA Y VUELTA) para que el niño (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),
, nacido el día 11/10/2012, de once (11) años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 35.145.531, con numero de pasaporte 186627002, con fecha de emisión 15/03/2024 y fecha de vencimiento 14/03/2029, viaje en compañía del ciudadano JHOENDRI EDUARDO ROMERO CRUZCO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 27.441.047, Pasaporte Venezolano Nº 166580644, fecha de emisión 14/03/2022, fecha de vencimiento 13/03/2032, a la Ciudad de SAN CRISTOBAL REPUBLICA DOMINICANA, siendo el itinera.....