PRIMERO: CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, incoada por los ciudadanos Artiaga Bruno Santos Eulogio, Carrera Guerra Anndy Albenis y Salas Jiménez Dael José, titulares de las cédulas de identidad signadas con los números 7.582.241, 18.547.821 y 21.301.311, respectivamente en contra de la empresa Industria Azucarera Santa Clara C.A. y la Co-demandada Corporación Venezolana Agraria Azúcar (C.V.A. AZUCAR), todos identificados ut supra.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada, la empresa Industria Azucarera Santa Clara C.A. y la Co-demandada Corporación Venezolana Agraria Azúcar (C.V.A. AZUCAR) pagar a los ciudadanos Artiaga Bruno Santos Eulogio, Carrera Guerra Anndy Albenis y Salas Jiménez Dael José, ya identificados, la cantidad de UN MILLON CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON OCHO CENTIMOS (Bs. 1.045.251,08)