DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de aumento de obligación alimentaria, y en consecuencia se establece como obligación alimentaria, la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLIVARES (Bs. 25.000) semanales que se destinarán para sustento y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 5.000) semanales que se destinaran para gastos de transporte escolar, e igualmente queda obligado el demandado a pagar la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000) a favor del citado niño, como cuota extra adicional a la obligación alimentaria semanal, en el mes de Agosto, para que el niño pueda adquirir útiles escolares y uniformes, y otra cuota extra de TRESCIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 350.000), adicional a la obligación alimentaria semanal, en el mes de Diciembre, para que el niño pueda adquirir bienes.....