administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa, instruida a DILIA MARILUZ GIMÉNEZ FRONTADO, de las características ya señaladas, por el delito de LESIONES LEVES, previsto en el artículo 418 del Código Penal derogado, en agravio de KATHERINE VIVIANA VILLALONGA MEZA, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 561, literal d) de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con la del artículo 318, numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal.