actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de los Ciudadanos CARMEN CECILIA PINTO MENDOZA y CLODOALDO RAFAEL SALAZAR, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 12.083.081 y 7.577.271