este Tribunal de Primera Instancia Penal, en funciones de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se pronuncia en los siguientes términos:
1. Califica la aprehensión del adolescente Kendryck Anderson Bullet Gallardo antes identificado como Flagrante, en virtud de encontrarse llenos los extremos del artículo 248, del Código Orgánico Procesal Penal, y 557 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente;
2. Se impone en consecuencia, la medida cautelar de Detención para asegurar la comparecencia a la audiencia preliminar de conformidad con lo previsto en el artículo 559 de la Ley especial tal como antes se indicó.
3. Se ordena continuar la investigación por el delito de: Robo Agravado de Vehículo Automotor previsto en el en el artículo 5 en concordancia con el artículo 6 ordinales 1°,.....