En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, este Tribunal de Juicio N° 03 constitutido en Tribunal de Juicio Unipersonal condena al ciudadano Danny Antonio Flores Cedeño, venezolano, natural de San Felipe, portador de la cédula de identidad N° 16.483.900, por su participación en la comisión del delito de robo de vehículo automotor previsto y sancionado en el artículo 5 de la ley sobre el hurto y robo de vehículo automotores en concordancia con el articulo 6 del mismo texto legal con las circunstancias agravantes prevista en el numeral 1, 3 y 10 de dicho texto legal , en perjuicio de los ciudadanos Castillo Zea Ender José; Romero Rivas Ángel Luis y Navas Arrieta Lecser Ramón cuya pena esta prevista de nueve a dieciséis años de presidio. En este contexto observa quien decide que para el momento de ocurrir los hechos el ciudadano Danny Flores no había cumplido veintiún años de edad, por lo que conforma al artículo 74 del Código Penal en su numeral prim.....