este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del municipio Bruzual de la circunscripción Judicial del estado Yaracuy, declara terminado el presente procedimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, interpuesta por la ciudadana YEBLIS TATIANA NOGUERA, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-14.919.873, contra el ciudadano IMER FELIPE ALVARADO GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V-13.313.998, en beneficio niño (identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la protección del Niño, Niña y Adolescentes).