administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 5 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales DECLARA INADMISIBLE el amparo constitucional interpuesto por el abogado JOVANNY MARCHAN, en su carácter de defensor privado del joven adulto HÉCTOR ALEXANDER RODRÍGUEZ PERAZA, contra el auto publicado en fecha 29-08-07, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 1 de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, a cargo de la Juez Temporal MARBELLA GUTIÉRREZ YGLESIAS, mediante el cual acuerda mantener la detención del mencionado imputado, a los fines de garantizar su comparecencia a la audiencia preliminar fijada para el día 19-09-07.