A continuación, toma la palabra el abogado MARCO ANTONIO CASTILLO ACOSTA, suficientemente identificado, quien en su carácter de autos, expone: En aras de la conciliación y a los fines de ponerle fin a la presente causa de manera inmediata, evitando dilaciones inútiles a través de un proceso largo e innecesario en nombre de mi representada, ofrezco para pagar, la suma total de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00). Este pago se corresponde a los conceptos de las siguientes Diferencias: Antigüedad; Vacaciones Vencidas y Vacaciones Fraccionadas; Bono Vacacional Vencido y Bono Vacacional Fraccionado; Utilidades Vencidas y Utilidades Fraccionado e Intereses sobre Prestaciones Sociales. Este pago será hecho efectivo el día 04 de diciembre de 2008, en horas de despacho y mediante cheque a nombre del trabajador accionante. En este estado toma la palabra la parte actora, en la persona de la trabajadora demandante, ciudadana EMPERATRIZ GISELA VELASQUEZ TROMP, quien con la asistencia, arriba señal.....