Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la Oposición propuesta por la Cooperativa de Producción y Servicios Agrícolas "SOMOSCAÑIZOS 940" contra la Medida Cautelar dictada por este Juzgado Superior Agrario del Estado Yaracuy.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la Oposición propuesta por el Instituto Nacional de Tierras (INTi) contra la Medida Cautelar dictada por este Juzgado Superior Agrario del Estado Yaracuy.
TERCERO: Como resultado de lo decidido se CONFIRMA la decisión emitida por este Juzgado Superior Agrario en fecha (04) de junio del año (2009).
CUARTO: Se declara IMPROCEDENTE la solicitud propuesta de conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario por la representación del Instituto Nacional de Tierras en fijar caución o garan.....