Se dictó Sentencia Interlocutoria, con Fuerza Definitiva, mediante el cual se declaró: Homologado el Desistimiento tanto de la acción como del procedimiento ejercido por la representación judicial de la parte actora, de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil.
Devuélvanse los originales que corren insertos al expediente, previa certificación en autos.