En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y por considerarlo procedente en beneficio e interés del niño de autos, declara SIN LUGAR la presente demanda por IMPUGNACIÓN DE RECONOCIMIENTO (FILIACION), presentada por el ciudadano "Datos omitidos", venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº "Datos omitidos", residenciado en "Datos omitidos", en su carácter de padre del niño "Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA", asistido por el abogado OMAR REVEROL, Defensor Público Auxiliar Cuarto adscrito a la Unidad de la Defensa Pública del estado Yaracuy, y con competencia en Materia de Protección del Niño y del Adolescente, en contra de la ciudadana "Datos omitidos", venezolana, mayor de edad, titular de.....