En merito de las anteriores consideraciones este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda de conformidad con el artículo 131 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes RATIFICAR LA MEDIDA DE PROTECCION, DE COLOCACIÓN FAMILIAR en el hogar de la ciudadana DILIA MERCEDES FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 7.507.731 y domiciliada en la calle 4, Avenida 3, casa S/n, Cocorote, Municipio Cocorote del estado Yaracuy por considerarlo procedente en beneficio e interés de los adolescentes Identidad omitida según artículo 65 de La Ley Orgánica de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, a que se le siga brindando protección, afecto y educación dentro de una fam.....