Por las razones tanto de hecho como de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "SIN LUGAR" el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia de fecha catorce (14) de abril de 2015, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial. ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la recurrida decisión en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia se declara "CON LUGAR" la demanda por DISOLUCIÓN DE SINDICATO, incoada por la sociedad mercantil SERVICIOS AVÍCOLAS BEJUMA, C.A. contra el SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES AL SERVICIO DE LA EMPRESA SERVICIOS AVÍCOLAS BEJUMA, C.A. ASÍ SE DECIDE.
TERCERO: Dada la naturaleza especial del presente fallo, conforme a lo previsto en .....