Vencido como se encuentra el lapso de diez (10) días de despacho para oponerse al Recurso propuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 163 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, este Juzgado Superior Agrario, deja expresa constancia que la causa queda abierta a pruebas a partir de la presente fecha (03-07-2019); en tal sentido, desde el día de hoy -primer día-, comienza a computarse un lapso de tres (3) días de despacho para la promoción de las pruebas conforme lo dispone el artículo 169 eiusdem, que aunque señala: "...la causa quedará abierta a pruebas sin necesidad de auto expreso...", se dicta el mismo, en aras de salvaguardar la seguridad jurídica de las partes intervinientes en el presente juicio, así como la certeza de los lapsos que transcurren en el mismo.