DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado ALBERTO JOSE RODRIGUEZ LOZADA, en su condición de co apoderado judicial de la parte actora, ciudadano JUAN CARLOS CALDERA CARRILLO, contra la decisión proferida en fecha 30 de junio de 2017, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en el Juicio de COBRO POR REPARACIONES DE INMUEBLE ARRENDADO (VIVIENDA), seguido por el ciudadano JUAN CARLOS CALDERA CARRILLO contra la ciudadana TERESITA DE JESUS SUAREZ BRACHO.
SEGUNDO: SE CONFIRMA en toda su extensión la sentencia recurrida, dictada por el referido Tribunal en fecha 30 de junio de 2017.
TERCERO: SE CONDENA en costas del recurso a la parte apelante por mandato expreso del artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: Remítase en su oportunidad al Tribunal de Origen.