VII
DECISIÒN
En consecuencia, por cuanto lo peticionado no es contrario a derecho, en correspondencia con la protección del derecho al Trabajo como hecho social y en aras de cumplir con los demás preceptos consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establecidos en los artículos 87, 88 y 89, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión por COBRO DE BENEFICIOS CONTRACTUALES (Cláusulas 24 y 27 de la Convención Colectiva), interpuesta por los ciudadanos: MIGUEL ÁNGEL MENDEZ HERNÁNDEZ, WILFREDO ESPINOZA, y otros, en contra de la empresa SMURFIT KAPPA CARTON DE VENEZUELA S.A, (MOCARPEL).
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada, empresa SMURFIT KAPPA CARTON DE VENEZUELA S.A, (MOCARPEL), a cancelar a los ciudadanos, MIG.....