Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Sanciona de conformidad con lo previsto en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 376 del Código Orgánico Procesal Penal al adolescente Identidad suprimida de conformidad con el Articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección para el niño, niña y adolescente, a cumplir las la medida Privativa de Libertad prevista en el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, aplicando la respectiva rebaja de Ley por el lapso de ocho meses, sanción esta que deberá cumplirse en un Centro especializado destinados a los adolescentes, igualmente de conformidad con lo previsto en el artículo 624 y 626 ejusdem, lo sanciona a cumplir las medidas de Reglas de Conducta y de Libertad Asistida por el lapso de 02 años, deberá cumplirse esta medidas no privativas de Libertad de manera sucesiva a la Privación de Libertad y simultáne.....