En cuanto al Contrato Colectivo de Trabajadores de la Alcaldía del Municipio Urachiche, suscrito en agosto 2008, copia marcada con la letra "J", (folios 104 al 114 de la pieza Nº 01), no se ADMITE, por cuanto se considera derecho y no simples hechos sujetos a las reglas generales de la cargas de alegación y prueba que rigen para el resto de los hechos aducidos por las partes en juicio, el cual conoce el juzgador en virtud del principio iura novit curia, por lo que no son susceptibles de valoración.