En tal virtud, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA EN FORMA SUMARIA CON LUGAR LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO de la ciudadana YRENE NELLIBETH CARRIEL PÉREZ, antes identificada, anotada con el número ochocientos seis (806) en los libros de nacimiento llevados por el Registro Civil del Municipio Independencia, Estado Yaracuy, para el año mil novecientos noventa y uno (1991) y archivado en el Registro Principal del Estado Yaracuy, en el sentido que:
ÚNICO: Donde se colocó el primer apellido del padre de la solicitante como "CARRIEL", en lo adelante dirá "CARIEL", que es lo correcto. Es decir, su verdadero nombre es: "LUIS GUILLERMO CARIEL LEAL".
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Se.....