es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: LA EXTINCIÓN POR MAYORIA DE EDAD DE LA COLOCACIÓN EN ENTIDAD DE ATENCIÓN, del joven BONNY DARIO ARTEAGA, de dieciocho (18) años de edad, interpuesta por Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Libertador, Distrito Capital contra la ciudadana MARIA LAURA ARTEAGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 6.609.230, domiciliada en el barrio Moscú, calle 3, La Vereda, Nirgua, estado Yaracuy.
En consecuencia, se declara extinguida la presente demanda, terminado el asunto y se ordena el archivo del expediente en su oportunidad legal.
Entréguese los originales y déjese copia certificada de los mismos, a la parte que los promovió de conformidad con el ar.....