DECLARA
PRIMERO: SE INSTA A LA PARTE DEMANDANTE ciudadano RODRÌGUEZ MARTINEZ JUAN ANICETO, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.122.178 domiciliado en la Calle Principal, Sector La Madrileña del municipio Nirgua estado Yaracuy, a consignar la identificación personal y el domicilio de la demandada o de los demandados de autos, tal y como lo establece el ordinal 2 del artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, a los fines del pronunciamiento sobre su admisión.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del presente fallo.