Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la Inhibición planteada según acta de fecha veinticuatro (24) de mayo de (2012), por la abogada CARMEN ELIZABETH MENDOZA LANDAETA, a cargo del Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la Inhibición planteada por la abogada CARMEN ELIZABETH MENDOZA LANDAETA, a cargo del Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
TERCERO: Como consecuencia de lo anterior remítase el presente expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
CUARTO: Mediante Oficio comuníquese a la Jueza Rectora de la Circunscripción Judi.....