..., DECLARA: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto, por la abogada Duniechka Agüero Corro, Inpreabogado Nº 156.235, apoderada de la parte demandada contra la sentencia de fecha 18 de Abril de 2013, por el Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, que declaro primero: sin lugar las cuestiones previas en los ordinales 2º, 11º y 6º del art 346 del Código de Procedimiento Civil. Segundo: con lugar la presente acción de desalojo. Tercero: se condena a la parte demandada al pago de las costas procesales por haber resultado vencida totalmente. Cuarto: se determina que la cuantía de la acción es de diez mil novecientos bolívares (10.900,00 Bs), equivalente a 101,86 unidades tributarias.
Publíquese y regístrese. Déjese copia certificada.