En mérito de los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha veinticinco de mayo de dos mil doce por el abogado Enio Jesús Zerpa Boissiere inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 68.080, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante contra sentencia dictada en fecha veintidós de mayo de dos mil doce (22-05-2012), por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, que declaró: primero: La nulidad del auto de fecha 18 de mayo de 2011 que ordenó la suspensión del presente procedimiento hasta que las partes acreditaran haber cumplido el procedimiento especial previsto en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas, conform.....