DISPOSITIVO
En razón a lo anteriormente expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer sobre la presente solicitud de Titulo Supletorio, realizada por el ciudadano PASTRAN CASTILLO ALIRIO ALEXIS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-14.919.700, domiciliado en la calle tres (03) del Barrio Curazao del Municipio Urachiche del Estado Yaracuy, debidamente asistido por el Abogado DOUGLAS HIDALGO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 186.415. SEGUNDO: Se declara procedente la pretensión, en virtud de que, cumple con todos los requisitos exigidos por la Ley. TERCERO: En consecuencia, de lo esgrimido anteriormente se acuerda otorgar TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE al ciudadano identificado anteriormente, sobre las bienhechurías q.....