Declara CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Defensora Publica Abg. Magaly García de Machado, en el sentido que le sea ampliada la Medida Cautelar Sustitutiva de presentación cada 08 días por ante la sede de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, siendo AMPLIADA a cada 15 días por ante la sede de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, por cuanto las finalidades del proceso se encuentran aseguradas con la imposición de esta medida impuesta al referido acusado por este Juzgado de Juicio, de conformidad con lo establecido en los artículos 243 y 244 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, diarícese, y déjese copia de la presente decisión.
EL JUEZ DE JUICIO
ABG. DENYS SALAZAR GARCIA
LA SECRETARIA
ABG. MARIA DE LOS ANGELES GIMENEZ