Con vista a la diligencia presentada en fecha veintiocho (28) de septiembre del presente año, por la abogada NOHANI ORELLANA, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 114.554, en su carácter de Defensora Publica Segunda con Competencia en materia Agraria, representante judicial de la ciudadana MILAGROS FREITEZ, venezolana, mayor de edad, identificada con la cedula de identidad N° V-3.707.308, parte recurrente en el presente proceso; mediante la cual solicita: "(...) Copias Originales del expediente JSA-2019-0471, en sus folios 28-29-30-31-32-38-40-42-96... (...)"; este Juzgado Superior Agrario, acuerda lo solicitado y ordena el desglose de los documentos consignados junto al escrito recursivo, así como, la devolución de dichos documentos a la parte recurrente, los cuales rielan en los folios 28, 29, 30, 31, 32, 38, 40, 42 y 96; dejando en su lugar las copias fotostáticas previamente certificadas; todo ello a tenor de lo establecido.....