CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandante contra el auto de fecha 15 de noviembre del 2006.
En consecuencia se declara la NULIDAD del auto de 15 de noviembre de 2006, se deja sin efecto todos los actos subsiguientes, entre ellos el auto de 17 de noviembre de 2006 y se REPONE la causa al estado de que el tribunal de la causa fije conforme a la Ley (artículo 870 del Código de Procedimiento Civil) día y hora en que deba tener lugar la audiencia oral. Así se decide.
Ante la presente declaratoria, es inoficioso pronunciamiento alguno respecto a la apelación interpuesta en fecha 30 de noviembre de 2006 por el apoderado judicial de la parte demandante contra el auto de fecha 17 de noviembre de 2006, pues dicho auto quedó sin efecto como consecuencia de la declaratoria de nulidad del auto de fecha 15 de noviembre de 2006. Así se decide.