Por todos los motivos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: "PARCIALMENTE CON LUGAR" el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandante y, "SIN LUGAR" la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 13 de abril de 2015, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO: SE MODIFICA la recurrida decisión y, en consecuencia se declara "PARCIALMENTE CON LUGAR" la demanda por COBRO DE BENEFICIOS LABORALES, incoada por los ciudadanos JORGE HUMBERTO GUTIÉRREZ PICHARDO, JORGE HUMBERTO GUTIÉRREZ, YUSNELVI JOSÉ GUTIÉRREZ, CARLOS LUÍS ESCALONA LÓPEZ Y WILFREDO DANIEL LÓPEZ DURANT, contra la empres.....