DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación de fecha 5 de febrero del 2024 (Folio 45 de la 4ta pieza), que fuera planteado por la representante legal de la parte demandada Abogada YARIMA RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, contra la sentencia dictada en fecha 29 de enero de 2024, por el Juzgado Segundo Accidental de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua del estado Yaracuy, en el Juicio de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL interpuesto por la ciudadana MIRIAN CECILA HERNÁNDEZ DE CONCEPCIÓN contra la SOCIEDAD MERCANTIL FARMA ECONOMIA C.A.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo de fecha 29 de enero de 2024, dictado por el Juzgado Segundo Accidental de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua del estado Yaracuy.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada recurrente, conforme al artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: De conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, garantizando el derecho a la defensa y al debido proce.....