Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana ANGELICA MARIA BARRADAS PARADA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 15.389.068 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuria que el solicitante dice poseer sobre un lote de terreno municipales, ubicado en el Callejón los Naranjillos entre terrenos Agrícolas y quebrada Chimiture, comunidad los Naranjillos, Parroquia Campo Elías del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en un área Total de Terreno de 375,00 Mts2