Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de a Ley, ABSUELVE al ciudadano PIÑERO PIÑERO JOSE ANTONIO, de la acusación presentada en su contra por el Ministerio Público por la comisión del delito de Delito HURTO CALIFICADO establecido en los artículos 451 en concordancia con el artículo 453 ordinal 3° del Código Penal, en perjuicio de Maribel Henríquez Barazarte, formulada en su oportunidad legal, ello conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, cesando de manera inmediata la Medida Judicial Preventiva Privativa de Libertad decretada en su contra y acordándose en consecuencia su inmediata libertad, exonerándose del pago de las costas procesales al Ministerio Público, de conformidad con lo previsto en el artículo 272 del Código Orgánico Procesal Penal y el Articulo 26 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en virtud que para el momento de ser formulada y admitida la acusación, .....