DECLARA: Inadmisible la cesión de derechos litigiosos realizada por la Empresa Mercantil MAYOR DE LICORES LUSO CANARIA, C.A., representada por el abogado Ruben Rafael Rumbos Gil, Inpreabogado N° 34.930, a la empresa Mercantil ALTAMIRA, S.A., por cuanto no consta en autos el consentimiento del otro litigante, para realizar la referida cesión.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada en el archivo de conformidad con lo establecido en el Articulo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dado, firmado y sellado en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy. En San Felipe, a los Cinco (05) días del mes de Diciembre del año 2007. Años: 197° de la Independencia y 148 ° de la Federación. Expediente N° 6406.
La Jueza,
Abog. Maria de Lourdes Camacaro de Aular
La Secretaria temp.,
Abog. Ayleen Carolina Cabrera Mujica
En esta misma fecha y siendo las 11:1.....