este Juzgado Superior Agrario administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se decreta MEDIDA PREVENTIVA AUTÓNOMA de protección a la continuidad de las actividades agropecuarias que se desarrollan en la Unidad de Producción ubicada en la Hacienda "El Roble", carretera Marín-Aroa, Kilómetro 64, Sector el Hacha, Municipio Autónomo Bolívar. SEGUNDA: Como consecuencia de lo anterior se protege la continuidad de la actividad agrícola que se desarrolla en la Unidad inspeccionada consistente en la producción de Cítricos, suficientemente identificada; en tan sentido, se insta al Depositario Judicial iniciar reuniones para tratar el tema relacionado con el arrime de los frutos a la empresa socialista Lácteos Los Andes, señalado ut supra. TERCERO: Derivado de lo anterior, se protege la continuidad de la actividad pecuaria, suficientemente identificada, que se desarrolla en la Unidad de Producción consistente en la producción.....