En fuerza de las razones expuestas este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el Amparo Constitucional interpuesto por el Abogado OSCAR BERNAL SEGOVIA contra el auto de fecha 03 de febrero de 2005 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, por considerar que existe una lesión al derecho de defensa, debido proceso y tutela judicial efectiva. SIN LUGAR en lo que respecta a la sentencia del 21 de enero de 2005, al no observar ninguna violación en esta actuación.
SEGUNDO: SE ORDENA AL TRIBUNAL DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL REPONER LA CAUSA al estado en que conceda el término de distancia para subsanar el poder de acuerdo al artícu.....