Por las razones expresadas, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Régimen Procesal Transitorio de Protección al Niño y al Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: Se repone la causa al estado que se realice la Admisión de la Demanda de Colocación Familiar de conformidad con el artículo 206 y 211 del Código de Procedimiento Civil. En cumplimiento de lo ordenado remítase en su oportunidad el presente asunto al Tribunal de origen.
SEGUNDO: En consecuencia de lo anterior, se declaran nulas todas las actuaciones del Tribunal, siguientes al escrito libelar.
TERCERO: Admitida la causa, notifíquese a la ciudadana ROYSHELL ERNEDINA HERRERA, en su condición de madre de los niños ROSANNY ALEJANDRA SALVATIERRA HERRERA, FRANYERSON DANIEL HERRERA y JAIROL JOSE HERRERA, al ciudadano DEIVY JAVIER SALVATIERRA LOPEZ, en su condición de padre de l.....