PRIMERO: INCOMPETENTE PARA CONOCER DE LA PRESENTE DEMANDA DE COBRO DE BOLIVARES POR INTMACIÓN, incoada por el ciudadano JOSÉ DEL VALLE RIVAS GRIMÁN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.189.749, contra la Sociedad Mercantil "IMPORTADORA KYRON, C.A" titular del Registro de Información Fiscal R.I.F: J-29720544-6.
SEGUNDO: SE DECLINA, la competencia a un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Cicruncsripcion Judicial del estado Lara.
TERCERO: Una vez quede firme la presente decisión remítase bajo oficio al Tribunal competente.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, en la página web oficial del Tribunal Supremo de Justicia WWW.TSJ.GOB.VE.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, En San Felipe, a los seis (06) día del mes de junio del año dos mil veinticuatro (2024). Años 214° de la Independencia y 165° d.....