DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley NIEGA LA FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE DESTACAMENTO DE TRABAJO al penado: Flores Cedeño Danny Antonio, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.483.900, quien fue condenado en fecha 02/06/2005 por el Tribunal de Juicio N° 3, de este Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, a cumplir la pena de diez (10) años y cinco (5) meses de presidio, más las accesorias de ley, previstas en el artículo 13 del Código Penal Venezolano, por encontrarlo responsable por la comisión deL delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 y con las agravantes del artículo 6 en sus ordinales 1, 3 y 10 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor, por cuanto el mismo cumple NO CON LOS REQUISITOS EXIGIDOS EN EL A.....