Examinados los mencionados extremos, se verifica que se cumplen los dos primeros, sin embargo, no aprecia el Tribunal el cumplimiento del tercer ordinal de la norma invocada, debiendo adecuarse al marco del artículo 263 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, por cuanto la ejecución de hipoteca es una acción petitoria; e igualmente, debiendo adecuarse al fin social que persigue esta, como también el DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DE CRÉDITO PARA EL SECTOR AGRARIO, por lo que, el accionante no ha demostrado en la presente acción de ejecución de hipoteca; los requisitos previstos en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, que señala en su artículo 1 que: "El presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley tiene por objeto fijar las bases que regulan el financiamiento otorgado por los bancos comerciales y universales a través de créditos en el sector agrario, a los fines de promover y fortalecer la soberanía y seguridad agroalimentaria de la Nación", como son las previ.....