en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA EJECUCIÓN FORZOSA de la sentencia de Obligación de Manutención, en beneficio a favor del niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, actualmente de 2 años de edad, dictada por el tribunal en fecha 12 de agosto de 2011, por cuanto no fue demostrado el cumplimiento de la misma por parte del ciudadano WILLIAMS JOSÉ COLMENAREZ SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 11.273.413. En consecuencia, siendo que el demandado adeuda la suma de CUATRO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 4.500,00); se Decreta Medida de Embargo Ejecutivo, en contra del ciudadano WILLIAMS JOSÉ COLMENAREZ SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 11.273.413, en tal sentido se acuerda oficiar al Jefe de Recursos Humanos de la empresa la empresa "TRANSPORTE COROMOTO",