Por todos los argumentos precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el ocho de abril de 2015 (08-04-2015) por el abogado Pascualino Di Egidio Vitalone, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 23.666 en su condición de co-apoderado judicial de la parte actora ciudadana María Lucira Colmenarez De Pinto, venezolana, mayor de edad, titular de cédula de identidad V- 4971.624, contra la sentencia dictada el treinta de marzo de dos mil quince (30-03-2015) por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, quien declaró sin lugar la acción de divorcio interpuesta, no habiendo condenatoria en costas
Se condena en constas a la parte recurrente.