DECLARA: Con lugar la demanda de Reconocimiento De Contenido y Firma De Instrumento Privado incoado por el ciudadano Freddys Giovanni Martínez Tovar, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-7.557.061, en contra de el ciudadano Héctor Manuel Parra Camacho, titular de la cedula de identidad Nº V-12.286.948; en consecuencia:
PRIMERO: Téngase de conformidad con lo preceptuado en los Artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los Artículos 1363 y 1364 del Código Civil, legalmente reconocido por el ciudadano Héctor Manuel Parra Camacho, titular de la cedula de identidad Nº V-12.286.948, el instrumento privado suscrito entre el y el ciudadano Freddys Giovanni Martínez Tovar, titular de la cédula de identidad Nº V-7.557.061, relacionado con un contrato privado de compra-venta, sobre un inmueble compuesto por una casa de habitación edificada sobre una parcela de terreno municipal, con una superficie total de dos mil cuatrocientos o.....